Gran parte de los esfuerzos del sub sector eléctrico, giran en torno a que en el país se garantice el suministro de energía eléctrica a un costo eficiente. Garantizar el suministro de energía eléctrica es imperativo, que su costo sea eficiente es estratégico. Lograr este ideal sería un gran aporte al desarrollo de nuestro país.
Cuando se tiene un producto con las características de la energía eléctrica que, entre otras, no se puede almacenar, se debe producir lo que en el instante se está consumiendo, tiene una respuesta prácticamente inelástica a las variaciones de precio y muestra un crecimiento interanual en su demanda que tiene una correlación muy alta con el crecimiento económico; las inversiones en la infraestructura necesaria para su generación, transmisión y distribución son la piedra angular para garantizar su suministro.
De las tres actividades que están asociadas con el suministro de energía eléctrica, la actividad de generación es la que se puede desarrollar en un entorno de mercado sin mayores intervenciones, esto debido a que no constituye un monopolio natural tal y como sucede con la transmisión y distribución. No obstante, es necesario considerar que las inversiones en generación están íntimamente relacionadas con los recursos energéticos disponibles y con la factibilidad de utilizar el sistema financiero para apalancar las inversiones.
Respecto a los recursos energéticos disponibles, se debe considerar la existencia de una política energética y de un plan indicativo para el desarrollo de la generación. Ambos documentos están orientados a que en Guatemala se incremente la capacidad para la producción de energía renovable.
Si consideramos que mayoritariamente los recursos primarios de generación disponibles en Guatemala son agua, sol, viento, mantos geotérmicos y biomasa, es correcto incentivar que, de la energía producida en el país, la proporción de energía renovable tenga un alto porcentaje.
Alcanzar una matriz de generación altamente renovable, es el único camino que el país tiene para lograr cierto grado de independencia energética y minimizar el efecto que la volatilidad de los precios de los hidrocarburos y últimamente los del carbón y gas natural, tienen sobre el costo de la energía eléctrica.
Uno de los principales requisitos para obtener financiamiento para un proyecto, es garantizar un flujo de ingresos durante el período de amortización del crédito. Cuando se trata de una inversión en generación, contar con un contrato de compra de potencia y/o energía es indispensable, ya que éste se convierte en el instrumento que garantiza el flujo de ingresos al proyecto de generación.
La obligación de los participantes consumidores de contratar su Demanda Firme, es una disposición muy importante plasmada en la regulación, porque fomenta que exista un mercado para contratos de potencia, contratos que pueden viabilizar la bancarización de las inversiones en generación.
Aprovechando que la demanda de las distribuidoras representa más del 70% del consumo de energía eléctrica en el país y que su crecimiento es constante y relativamente predecible, desde hace varios años se ha aplicado el artículo 65 BIS del Reglamento de la Ley General de Electricidad “Procedimiento de Licitación para Adicionar Nueva Generación”, disposición que permite que las distribuidoras celebren licitaciones para la contratación de sus requerimientos de potencia y energía.
Dentro de las particularidades de estos procesos de licitación bajo el marco del artículo 65 BIS, destaca que el plazo máximo para la contratación es hasta de 15 años y que las centrales de generación asociadas a los contratos deben ser nuevas. Características que se convierten en una excelente herramienta para lograr la instalación de nueva capacidad de generación.
Recientemente las distribuidoras EEGSA, DEOCSA y DEORSA convocaron a la próxima licitación de largo plazo para la contratación de sus futuros requerimientos de potencia y energía, proceso que denominaron PEG 4. Las principales características de esta próxima licitación son las siguientes:
- Contratación de 235 MW de Potencia Garantizada como Oferta Firme Eficiente para cubrir sus requerimientos de Demanda Firme.
- Adjudicación de contratos por un plazo de 15 años a las centrales nuevas, pudiendo éstas entrar en operación el 1/5/2026, el 1/5/2027 o el 1/5/2028.
- Adjudicación de contratos por un plazo de 4 años a centrales que estén en operación, iniciando operación comercial para el contrato el 1/5/2026.
- Adjudicación como mínimo el 50% de la potencia contratada a centrales renovables, pudiendo llegar la adjudicación de potencia renovable a ser el 100%.
- Adjudicación como máximo el 50% de la potencia contratada a centrales no renovables.
- Las centrales no renovables tendrán que ofrecer recursos con factores de emisión de Dióxido de Carbono (CO2) iguales o menores a los del Gas Natural, tomando como referencias los publicados por el Panel Intergubernamental del Cambio Climático IPCC.
- Únicamente se asignará el equivalente a 40 MW de contratos de energía generada. Este tipo de contrato es el utilizado para centrales fotovoltaicas y eólicas.
- Únicamente se adjudicarán 40 MW para centrales geotérmicas.
Habrá que seguir muy de cerca el desarrollo de la licitación PEG 4 y sobre todo será muy interesante observar sus resultados. Es probable que las nuevas centrales de generación contratadas como resultado de ésta próxima licitación de largo plazo, contribuyan a la transformación de la matriz de generación guatemalteca hacia una más renovable.
Sin duda alguna este nuevo proceso de licitación de largo plazo, será un paso más hacia la consecución del tan importante ideal “garantizar el suministro a un costo eficiente”.